«[...] La pintura es un instrumento adecuado para enseñar nociones jurídicas a través de imágenes. Hay dos tipos de pinturas al respecto: de un lado, aquellas que simbolizan la justicia (La muerte de Sócrates, de Jacques-Louis David) o de juristas (L’Avvocato, de Giuseppe Arcimboldo); de otro lado, pinturas que no son jurídicas, pero que se pueden interpretar según la perspectiva jurídica (El Rapto de las Sabinas, Francisco Padilla, por ejemplo, nos habla del secuestro de las Sabinas en manos de guerreros romanos). El cuadro último es apropiado para llevar a cabo la enseñanza del Derecho Internacional Humanitario, en particular el secuestro de las mujeres para minar la moral del enemigo a través de la instrumentalización del cuerpo femenino está tipificado como crimen de guerra, mismamente los crímenes sexuales (véase el art. 8º del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional). O sirva también los Fusilamientos del 2 de mayo, de Goya, o Calle de Praga, de Otto Dix, como ejemplo de retratos de los horrores de la guerra, en el marco del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. [...]
Otto Dix, Pragerstrasse, 1920.
Artículo completo en este enlace: Gil Gandía, Carlos, «La enseñanza del Derecho Internacional a través de las artes», Academia. Revista sobre enseñanza del Derecho, año 19, número 38, 2021, pp. 73-91. Buenos Aires, Argentina (ISSN1667-4154)